ESPAÑA 27/06/2007
COAG Almería demanda que el futuro Servicio de Asesoramiento a Explotación se extienda al resto de sectores agrícolas, no sólo a los beneficiarios del pago único, para que los productores de frutas y hortalizas puedan recibir orientación en materia legislativa, como el caso que nos ocupa
EL BOJA recoge en sus páginas la resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera por la que se publican los modelos provisionales establecidos por la Junta para el registro obligatorio de los tratamientos fitosanitarios y análisis realizados a los cultivos. La Consejería de Agricultura ha elaborado cuatro modelos básicos que serán recopilados en breve en un libro de explotación definitivo que se repartirá entre los agricultores: datos catastrales de la finca, tratamientos con productos fitosanitarios, análisis realizados al cultivo y cosecha comercializada.
Los modelos se encuentran ya a disposición de los agricultores en las oficinas de COAG Almería, por lo que recomienda recogerlos cuanto antes para ir familiarizándose con ellos de cara a la próxima campaña, ya que la norma es de obligado cumplimiento desde finales del pasado mes de mayo. COAG hace hincapié, asimismo, en la necesidad de que los técnicos de la provincia se habitúen también al uso de estos modelos ya que, en muchos casos, serán los encargados de realizar la mayor parte de las anotaciones.
La resolución publicada viene a completar la Orden APA/326/2007, de 9 de febrero, por la que se establecen las obligaciones de los titulares de explotaciones agrícolas y forestales en materia de registro de la información sobre el uso de productos fitosanitarios. Esta normativa especifica que todos los agricultores que produzcan vegetales destinados a ser consumidos como alimentos o piensos deberán llevar, de forma actualizada, un registro de datos de la explotación agrícola y/o forestal, en soporte papel o informático, en el que se apuntará en la fecha correspondiente la información relativa a los tratamientos y análisis realizados.
El registro habrá de mantenerse en la explotación a disposición de la autoridad competente durante 2 años, contados a partir de la finalización de cada campaña agrícola, junto con documentos tales como facturas de adquisición de productos fitosanitarios, contratos con las empresas de tratamientos, boletines de análisis, albaranes o facturas de venta y, en caso de no disponer del número de registro de la explotación, el documento del número de identificación fiscal del titular de la explotación.
COAG Almería ha demandado, en este sentido, que el futuro Servicio de Asesoramiento a Explotación –que será prestado por organizaciones agrarias y cooperativas vía fondos europeos– se extienda al resto de sectores agrícolas, no sólo a los beneficiarios del pago único como está estipulado hasta ahora. El objetivo es que los productores de frutas y hortalizas y de cítricos también puedan recibir orientación en materia legislativa.