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Incendios Forestales

Ministerios preparados para responder ante Incendios Forestales

La Comisión Nacional de Incendios Forestales (CNIF), conformada por ocho Instituciones de Gobierno, presentaron el Plan Nacional para la prevención y control de incendios forestales 2010

El Salvador 24/02/2010


La Comisión Nacional de Incendios Forestales (CNIF), conformada por ocho Instituciones de Gobierno, presentaron el Plan Nacional para la prevención y control de incendios forestales 2010; el cual tiene como propósito la reducción de los siniestros, desarrollando acciones de sensibilización, capacitación, divulgación, formación de brigadas, evaluación e investigación.

En este orden la referida Comisión ejecutará los esfuerzos necesarios, para prevenir el fuego, mediante jornadas de información social en todo el país, dirigido a Líderes Comunales, Alcaldías Municipales, propietarios de bosques, habitantes de áreas naturales protegidas y de plantaciones forestales.

De acuerdo a los estudios en campo, efectuados por la Dirección General de Ordenamiento Forestal Cuencas y Riego, de este Ministerio, nuestra superficie de bosque natural es de 394 mil 498.07 hectáreas, equivalentes al 19% del territorio nacional

Debido al impacto desfavorable que generan los incendios forestales en el ámbito económico, social y ambiental, tanto a nivel local, regional como mundial, el Gobierno del cambio encabezado por el señor Presidente de la República, Don Mauricio Funes Cartagena, esta haciendo efectivas las medidas de prevención y control programadas en el “Plan Estratégico para el Manejo del Fuego en El Salvador 2009-2014”.

En este contexto la Comisión Nacional de Incendios Forestales (CNIF), esta trabajando en cumplimiento a lo establecido en las Leyes relativas a la protección, conservación y recuperación de los recursos naturales y del medio ambiente.

La Ley Forestal aplicada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, en su Art. 25 – faculta al MAG, para adoptar y hacer efectivas las medidas que se consideren necesarias a efecto de prevenir, controlar y combatir los incendios forestales; el Art. 26- autoriza a las diferentes Instituciones del Estado, quienes deberán contribuir a la extinción de los mismos, facilitando personal, medios de transporte y otros recursos necesarios.

Es oportuno mencionar que provocar incendios en los bosques naturales y plantaciones forestales, puede tener una sanción de 20 a 25 salarios mínimos por hectáreas dañadas.


 

 



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