Ampliación del plazo de ayudas a productores de plantas vivas
La normativa incluye tres tipos de subvenciones: a las inversiones en explotaciones y a la mejorara de la comercialización, al fomento de la producción de productos de calidad y a la formación.
La modificación del Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura, aprobado por el Consejo de Ministros del viernes, permitirá, entre otras cosas, ampliar el palazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de julio. El Real Decreto 863/2010 de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 202/2010 de 1 de marzo, y publicado en el BOE del sábado 3 de julio recoge que la presentación de las solicitudes por parte de las agrupaciones de productores podrán realizarse hasta el 31 de julio, inclusive, comunicando las comunidades autónomas a la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos del MARM las solicitudes aceptadas.
La normativa incluye tres tipos de subvenciones: a las inversiones en explotaciones y a la mejorara de la comercialización, al fomento de la producción de productos de calidad y a la formación, eliminando la posibilidad de subvencionar las actuaciones relativas a publicidad promoción incluidas en el primer Real Decreto aprobado el pasado mes de marzo.
El nuevo texto ha modificado algunos aspectos relativos a las ayudas destinadas a la formación del sector, ampliando la formación a productores aunque no sean socios de las agrupaciones de productores y a trabajadores agrarios del sector.
Asimismo, el Real Decreto mantiene las subvenciones para aquellas acciones que tengan por objeto la organización y participación en foros de intercambios de conocimientos, concursos, exhibiciones y ferias específicas del sector de plantas vivas y productos de la floricultura de uso ornamental.
También se subvencionarán la realización de publicaciones como catálogos y sitios web que presenten información sobre los productores de una región determinada o de un producto determinado.
En cuanto a las demás actuaciones subvencionables, el Real Decreto mantiene las ayudas para las mejoras en los sistemas de riego, almacenamiento, conducción y tratamiento de agua, mejora de invernaderos, construcciones auxiliares como almacenes en campo y maquinaria de producción y para la comercialización; así como para la construcción o adquisición de naves y centrales destinadas a la producción y a la comercialización.
En cuanto a la línea de ayudas para fomentar los productos de calidad, podrán ser objeto de subvención las actividades de estudio de mercado, de creación y concepción de productos y la implantación de mecanismos de control de calidad y de trazabilidad.
La aprobación de un Real Decreto sobre medidas de apoyo al sector de flores y plantas vivas es una de las históricas reivindicaciones de FEPEX. El sector productor y comercializador aglutinado en FEPEX considera que el Real Decreto contribuirá a una mejor organización del sector y a corregir en parte sus desventajas competitivas con otros países productores.