El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta por el sindicato UGT-FICA contra Unió de Pagesos y las demás organizaciones patronales (JARC e IACSI) que forman parte de la comisión negociadora del convenio agropecuario de Cataluña, según la sentencia notificada este miércoles por el citado tribunal. Ésta determina que no existe ninguna obligación legal de adecuar las tablas salariales al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de forma automática como pretendía el sindicato UGT-FICA sin entrar a negociar el convenio colectivo y no cumplir con el compromiso recogido en la disposición adicional primera del convenio colectivo.
Según la sentencia, la adecuación de las tablas salariales del convenio colectivo es un aspecto que debe ser objeto de negociación colectiva, como siempre han pretendido la Unió de Pagesos y las demás organizaciones patronales durante los más de tres años que UGT-FICA ha bloqueado la negociación y ha querido condicionarla a la obligatoriedad de adecuar las tablas salariales al SMI.
Durante estos años de negociaciones, Unió de Pagesos de Cataluña ha comunicado a todos sus afiliados que debe garantizarse que los trabajadores afectados por el convenio colectivo agropecuario deben percibir el SMI en cómputo anual y no han vulnerado en ningún momento los derechos de los mismos al querer negociar un convenio colectivo que mejore sus condiciones salariales.