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Conflicto sobre importación de agroquímicos

El gobierno busca revertir esa decisión a través de nuevas leyes y la Corte de Justicia se le opone.

Importaciones Perú

30/04/2014 La gran época

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Un proyecto de ley aprobado en la Comisión Agraria del Congreso de Perú, propone que los agricultores podrán importar directamente plaguicidas de uso agrícola mediante un procedimiento simplificado y menos costoso.

Los parlamentarios destacaron que la medida permitirá favorecer a los pequeños y medianos agricultores y el fortalecimiento de la competitividad de la producción agraria nacional, según un comunicado del Congreso el día 8 de abril.

Actualmente en Perú el uso y control de los plaguicidas químicos está regulado desde el año 2002 por la Decisión 436 de la Comunidad Andina.

Juan Benites Ramos, ministro de Agricultura y Riego (MINAGRI), explicó que esa norma dispone una serie de requisitos complejos y costosos para el registro de los productos agroquímicos en sus países miembros, según Andina el día 8 de abril.

"Registrar (…) los agroquímicos (ante la CAN) puede tardar tres años y el costo bordea entre 30 mil a 50 mil dólares, lo cual dificulta que un pequeño agricultor pueda importar plaguicidas para mejorar sus cultivos", manifestó.

Añadió que como alternativa, el MINAGRI, a través de un decreto supremo, había creado un sistema de registro más simplificado denominado AIU (agricultor-importador-usuario) que permitía al agricultor importar directamente un plaguicida, siempre y cuando lo use para su propia producción agrícola.

Sin embargo, este procedimiento fue condenado por la Comunidad Andina (CAN), y luego por una sentencia de la Séptima Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima en 2013, aduciendo ambas que iba en contra del procedimiento de la CAN que dispone de muchos más requisitos.

En el mismo sentido el Gremio para la Protección de Cultivos de la Cámara de Comercio de Lima (PROTEC), sostuvo que la Decisión N° 436 “es una norma que fue aprobada por los organismos técnicos de los cuatro países de la comunidad luego de varios años de trabajo, y su aplicación permite a las autoridades competentes en temas de salud, ambiente y sanidad vegetal evaluar los plaguicidas para restringir el uso de productos cuyo riesgo sea inaceptable”, según la Cámara el pasado 8 de abril de 2014.

También dijo que el Tribunal Andino ha señalado en forma reiterada en sus sentencias que la Decisión 436 tiene como fin último la protección a la vida, a la salud y al goce de un ambiente sano en la región.

Por su parte, 14 gremios agrarios expresaron en un comunicado, que un pequeño grupo de grandes empresas entre las que se encuentran Bayer, Basf, Dow Chemical, Syngenta, pretende abusivamente utilizar la norma andina, para vender sus plaguicidas a precios exorbitantes, aduciendo que los productos genéricos importados por los agricultores son de baja calidad, y de esta manera se torna imposible en el Perú importar plaguicidas de uso agrario que no sean los que estas empresas traen, según el Diario Gestión el 23 y el 28 de marzo.

En este contexto, el ministro de Agricultura, Juan Benites Ramos, señaló que están trabajando en una propuesta normativa con la finalidad que Perú tenga la facultad de suspender la Decisión Nº 436 de la Comunidad Andina (CAN), según Agraria el 9 de abril.

Benites explicó su posición mientras se aprobaba también el 9 de abril otra propuesta de ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria.

El ministro manifestó que esta propuesta de ley busca que el mecanismo simplificado (AIU) quede plenamente vigente,  y se puedan importar agroquímicos y plaguicidas genéricos con un mecanismo de registro más simplificado, a fin de mantener condiciones que fortalezcan la competitividad de la producción agraria nacional, según Agraria.

“Contrariamente a lo que vienen afirmando los dirigentes de los gremios agroexportadores, la Decisión 436 no prohíbe la importación de plaguicidas genéricos, sino que exige que éstos sean evaluados en sus aspectos agronómicos, toxicológicos y eco-toxicológicos, antes de ser ingresados a cualquiera de los países de la región”, aclaró el Gremio para la Protección de Cultivos de la Cámara de Comercio de Lima, según la Cámara.

De igual manera añadió que el gremio no quiere impedir que los agroexportadores importen directamente plaguicidas químicos genéricos, sino que los mismos requisitos previstos en la Decisión 436 que se exigen a las empresas formales para importar dichos productos, se le exijan también a dichos agroexportadores.

Mientras que Oswaldo A. Ordoñez, Presidente de la Séptima Sala Civil de la Corte Superior de Lima, explicó que así como los gremios ligados a la actividad agrícola tienen derechos de contratación y empresa, y de comercio e industria, dentro del sistema jurídico peruano existen otras normas que restringen válidamente la comercialización de plaguicidas químicos de uso agrícola en aras de tutelar otros bienes constituciones valiosos como los derechos a la salud y al goce de un ambiente sano, según un comunicado de esta Corte, del 31 de marzo en Magistrados del Perú.

El Ministerio de Agricultura impugnó esta sentencia y ahora la Corte Suprema deberá resolver en definitiva la controversia.

La Confederación Nacional Agraria

“En nuestro país son las familias campesinas y productoras de las zonas rurales los más vulnerables, por ser la agricultura intensiva una actividad que demanda el uso de pesticidas. Lo que resulta preocupante, si tenemos en cuenta la vigencia de normas como el DL 1059 (Ley General de Sanidad Agraria), que permite la entrada libre de plaguicidas al país”, alertó el 3 de diciembre de 2009 la Confederación Nacional Agraria (CNA) en su web.

Asimismo, expresó que esta realidad atenta contra la salud del planeta y la de las personas, y que por ello la CNA tiene como alternativa a la agricultura convencional, la agricultura sostenible, que además de prescindir de plaguicidas y otros elementos tóxicos, promueve una mejor calidad de vida para los hombres y mujeres del campo, y el uso de abonos orgánicos amigables con nuestros campos, cultivos, y con nuestra Madre Tierra y por ende, con nuestras vidas.

Recientemente, el pasado 5 de abril, la CNA dijo que en el contexto de la declaración del 2014 como “Año de la Agricultura Familiar en Perú”, el Presidente y el Ministro de Agricultura, manifestaron su respaldo a la agroexportación pero también reconocieron el descuido a la pequeña y mediana agricultura que abastece el 70% de los mercados a nivel nacional, según la CNA en Facebook.

Otras opiniones

Wilfredo Pérez Ruiz, Docente y  miembro del Instituto Vida, explicó desde el 2011 que según estudios realizados, existen en el Perú  aproximadamente 100 especies de plantas con facultades insecticidas que pueden ser utilizadas para eliminar plagas e insectos, y puso como  ejemplo la muña, empleada para proteger alimentos almacenados.

Pero que en contraste, dijo, en el país se mercadean 548 productos químicos para el control de plagas de los cuales 371 provienen de naciones del “Norte”.

Asimismo, indicó que “las estadísticas del consumo de agroquímicos demuestran su incremento a partir –principalmente- de 1960. Así lo acredita el Centro Panamericano de Ecología Humana y Salud, que nos señala como uno de los países con mayor cantidad de componentes químicos utilizado por kilómetro cuadrado (en comparación con Costa Rica, México, Guatemala, Colombia y Brasil)”.

Ruiz también manifestó que el gobierno debe convocar a investigadores, universidades y comunidades rurales con la finalidad de expandir propuestas técnicas, institucionales y legales sobre este controvertido tema que es una prioridad para enfrentar un conflicto de irreparables daños ambientales, sociales y económicos.


           
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