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Autorización excepcional para tomate

Autorización excepcional en la utilización de los siguientes fitosanitarios para tomate para transformación industrial y bajo abrigo.

Control químico España

22/02/2016 -

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En atención a la solicitud para la inclusión de varios productos fitosanitarios en el Reglamento Específico de Producción Integrada de tomate para transformación industrial de Andalucía, y una vez estudiadas las característica de los productos, en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Dirección General de la producción Agrícola y Ganadera procede a autorizar provisionalmente, hasta que tenga lugar su inclusión definitiva en el citado Reglamento Específico, la utilización de los siguientes productos fitosanitarios para el control integrado de las siguientes plagas en el cultivo de tomate para transformación industrial:

Producto fitosanitario: Flint; Sustancia activa:  Trifloxistrobin 50 %; Nº de Registro: 22.338; Plaga: Oidio.
Producto fitosanitario: Teldor; Sustancia activa: Fenhexamida 50 %; Nº de Registro: 22.138; Plaga: Botritis.
Producto fitosanitario: Trotis 25 SC;  Sustancia activa: Pencicuron 25 %; Nº de Registro: 17.919; Plaga: Rhizoctonia.
Producto fitosanitario: Movento 150 o-teq; Sustancia activa: Spirotetramat 15 %; Nº de Registro: 25.298; Plaga: Mosca Blanca y pulgones.
Producto fitosanitario: Serenade Aso; Sustancia activa: Bacillus subtilis; Nº de Registro: ES-00154; Plaga: Botritis y alternaria.
Producto fitosanitario: Serenade Max; Sustancia activa: Bacillus subtilis; Nº de Registro: 25.648; Plaga: Botritis y pseudomonas.

Además, en atención a la solicitud para la inclusión del producto fitosanitario EQUATION PRO con número de Registro 22.198, formulado a base de la sustancia activa Cimoxanllo 30% + Famoxadona 22,5 %, en el Reglamento Especifico de Producción Integrada de cultivos hortícolas protegidos de Andalucía, y una vez estudiadas las características del producto, en cuanto a Impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Dirección General de la producción Agrícola y Ganadera procede a autorizar provisionalmente hasta que tenga lugar su inclusión definitiva en el citado Reglamento Específico, la utilización del citado producto fitosanitario para el control integrado de mildiu en el cultivo de tomate.

En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro.


           
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