El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado el procedimiento de audiencia e información pública del real decreto que modifica la normativa para establecer la voluntariedad del cuaderno digital de explotación agrícola. Esta iniciativa de simplificación forma parte de las 43 medidas comprometidas por el Gobierno para dar respuesta a las preocupaciones manifestadas por agricultores y ganaderos.
La nueva norma modifica el real decreto que establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria (SIEX), para establecer la voluntariedad del uso de este cuaderno. Además, permitirá a los titulares de explotaciones agrarias decidir, también de forma voluntaria, si ponen a disposición de la administración la información que hayan cumplimentado en el cuaderno.
En relación con el real decreto que establece normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, se modifican las disposiciones relativas al cuaderno de explotación, el plan de abonado y aquellas que facilitan el uso de estiércoles y abonos orgánicos.
De esta forma, se exceptúa de la obligación de elaborar y aplicar un plan de abonado a las unidades de producción destinadas únicamente a pastos que no se fertilicen y a aquellas que no superen las 10 hectáreas de superficie, siempre que sean de secano o estén dedicadas únicamente a pastos o cultivos forrajeros para autoconsumo. En el resto de las explotaciones, la obligación de elaborar y aplicar este plan comenzará a partir del 1 de septiembre de 2025.
En materia de fertilización, el asesoramiento técnico será obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2026 para unidades productivas en zonas vulnerables, y 2027 para las demás unidades de producción.
Asimismo, se van a llevar a cabo ajustes en los reales decreto sobre el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios y en el que establece las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola, para adaptar sus contenidos a esta modificación del cuaderno de explotación.
Las modificaciones contenidas en este nuevo real decreto tendrán carácter retroactivo, para evitar consecuencias sancionadoras o restrictivas de derechos, en el caso de que su publicación sea posterior al 1 de septiembre de 2024, fecha en la que comenzaban a aplicarse las obligaciones de cumplimiento del cuaderno digital.
El procedimiento de consulta se inicia el 18 de junio y finaliza el 26 de junio.